Recordemos que el Código de Red entró en vigor el 9 de abril de 2019, luego de su publicación en el DOF, como una regulación técnica dictada por la Comisión Reguladora de Energía (CRE), para garantizar el desarrollo adecuado en los procesos relacionados con el Sistema Eléctrico Nacional. ¿Sabes qué ha ocurrido con este tema o cuáles son las actualizaciones? Te decimos lo que debes saber al respecto, en este 2021.
Aunque hasta el momento no existen declaraciones recientes, emitidas por las autoridades correspondientes, la CRE dio a conocer algunas respuestas para resolver las dudas más recurrentes respecto al tema. A continuación te presentamos algunas novedades sobre el Código de Red.
En la página oficial de la CRE se argumenta que tanto la vigilancia como la supervisión del cumplimiento están a cargo de la misma Comisión, la cual, puede realizar verificaciones e inspecciones a través de servidores públicos adscritos a la misma, también se pueden llevar a cabo por medio de Unidades de Inspección.
Además, se hace énfasis en que la Comisión es la única autoridad que se encarga de vigilar, y de ser necesario, dictar las sanciones correspondientes. Por otro lado, el Centro Nacional de Control de Energía, en los Transportistas y Distribuidores puede funcionar como apoyo para proporcionar información sobre los sistemas de adquisición de datos y medición.
Hasta la fecha en la que es emitida esta información, no existen dichas Unidades, ni se han publicado los nombres de quienes podrían conformarlas. No obstante, la CRE tiene la capacidad de realizar tareas de inspección, a través de sus servidores públicos, en caso de que así se requiera.
Sí, cuando las instalaciones inclumplan los requerimientos serán acreedoras a las sanciones correspondientes, mismas que pueden ser:
Los puedes localizar en el Manual Regulatorio o en esta guía, que la misma Comisión ofrece de manera gratuita.
Solo aquellos Centros que sean identificados como incumplidores de los requerimientos técnicos deberán presentar este escrito. El objetivo del Plan es que los Centros de Carga informen al CRE sobre las acciones que se realizan para asegurar que cumplen con los requisitos técnicos del Código de Red en tiempo y forma.
Sin embargo, el documento solo es de carácter informativo, sirve a las autoridades para el protocolo de vigilancia y monitoreo. Es importante resaltar que la creación de este Plan no excluye a ningún Centro de Carga de alguna sanción.
Este archivo deberá presentarse en la Oficialía de Partes, con dirección en Blvd. Adolfo López Materos 172, Col. Merced Gómez, Cdmx. C.P. 03930 o bajo previo registro en la Oficialía de Partes Electrónica de la Comisión, por conducto del correspondiente Representante Legal y con atención al Secretario Ejecutivo Miguel Ángel Rincón Velázquez.
Por otra parte, los Centros que cumplan con las formalidades del Código no necesitan notificarlo a la Comisión Reguladora.
Si te has preguntado quiénes pueden realizar estos estudios, no se ha establecido una figura estricta, así que puede ser realizado por personal capacitado, ya sea del mismo Centro o por parte de empresas o personas especializadas que cuenten con experiencia en el campo.
Aunque existe libertad para utilizar cualquier equipo a la hora de implementar estos estudios, puedes hacer uso de herramientas especializadas, Generac cuenta con equipos certificados que cumplen con todas las normas vigentes y necesarias para llevar a cabo estas actividades.
Si además te preguntas ¿si las mediciones para estos estudios pueden realizarse en un punto diferente al Punto de Conexión? la respuesta es sí, sin embargo, todo esto se debe ejecutar dentro del Centro de Carga. La comprobación o implementación de acciones correctivas que sean necesarias para cumplir con el Código de Red se pueden llevar a cabo lo más cercano posible al Punto de Conexión, pero siempre, dentro de las instalaciones del Centro.
Cada Centro de Carga es libre de poner en práctica las soluciones que considere necesarias, con el fin de cumplir las exigencias. Pese a que el Código no determina, ni establece qué se debe hacer para cumplir con los requerimientos, existen herramientas profesionales y especializadas que te ayudarán a aplicar acciones correctivas, Acércate a los catálogos de Generac y conócelos.
Si tienes alguna duda específica sobre este tema, puedes solicitar una reunión personal con la CRE, solo debes llenar un formulario y mantenerte a la espera de su respuesta. No obstante, a causa de la pandemia, estas reuniones se llevan a cabo de manera virtual.
La Comisión también recibe peticiones específicas sobre el Código, mismas que deben ser ingresadas a través de un oficio a la CRE o la OPE. Recuerda que todas estas actividades son gratuitas y no requieren de ningún gestor.